
EXPLICACIÓN DEL MENTE FACTO:
la supraordinada es conducta humana y sus isoordinadas son comportamiento de los diferentes ámbitos de la vida como pueden su cognición, emoción, actividad motora o manifestaría.
Por otro lado el concepto central es conducta digital y sus isoordinadas son un comportamiento en la Internet como los valores, actitudes y competencias. y su exclusora es conducta social que sus isordinadas son comportamiento social que pueden se valores, actitudes y competencias
El criterio de infraudinacion es según sus fuentes
Las infraordinadas son la ley 1273 del 2009, la ley 1341 del 2009, manual de convivencia Art,20 No. 19, código de conducta digital y delitos informáticos.
Donde la Ley 1273 del 2009: sus isoordinas son una protección de la información como es el acceso abusivo a un sistema informático, daño informático. suplantación y el intercambio de datos.
La ley 1341 del 2009: sus isoordinadas es que es una sociedad del conocimiento como la prioridad al acceso y uso eficiente, protección, promoción,neutralidad, derechos, conocimiento y intervención
El manual de convivencia Art.20 No. 19: sus isoordinas son el uso de la red como el uso deliberado,fines intimidatorios, afectación de la integración y el buen nombre y el maltrato
El código de conducta digital: sus isoordinadas son los comportamientos como el respeto, libertad, identidad, integridad, identidad,autonomía,calidad de vida, respeto por la ley y derechos de autor.
Los delitos informáticos: sus isoordinadas son infracciones como hacking, propietario intelect,croming,sexting,ciberburling y cirberterrorismo.
SEGÚN EL MANUAL DE CONVIVENCIA: COLEGIO LA PRESENTACIÓN
CAPITULO IV:
DEBERES Y NORMAS DE COMPORTAMIENTO
ARTICULO 14:
DEBERES DEL Y LA ESTUDIANTE
En orden virtual: "tu responsabilidad es igual es lo virtual que en lo real"
54. hacer un buen uso de la tics y únicamente para fines educativos respetando a los otros y haciéndose respetar
CAPITULO VII:
CONVIVENCIA ESCOLAR
ARTICULO 18
DEFINICIONES
3. agresión electrónica:

4. agresión verbal:
Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, descalificar a otros, incluye insultos apodos ofensivos, burlas y amenazas.
CAPITULO VIII;
TIPIFICACION Y CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS
ARTICULO 28
FALTAS GRAVES
11.
Uso de vocabulario y comentarios que maltraten la dignidad y salud mental o psicológica de cualquier
miembro de la comunidad
16.
Cualquier manifestación de agrasion verbal,verbal,física,psicológica o gestual que maltrate o cause daños a la integridad personal personal y afecte la dignidad
ARTICULO 27
FALTAS GRAVISIMAS
1.
Manifestar cualquier conducta negativa, intencional metódica y sistemática de intimidación, agresión,amenaza,ridiculacion,difamación,chantaje,soborno,coacción,islamismo deliberado o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, físico o verbal a un compañero profesor, directamente o cualquier miembro de la comunidad educativa dentro o fuera de la institución (ley 1620 del 2013)
6.
Ser coautor, cómplice o encubridor de las faltas graves cometidas por algún estudiante
11.
Difundir imágenes, información o escribir panfletos difamatorios contra miembros de la institución utilizando cualquier medio de la comunicación, entre ellos los electrónicos que constituyen en ocasiones delitos informáticos
12.
Traer al colegio. mirar o hace circular material impreso, magnetismos, audiovisual u objetos obscenos, asi como fichas, stickes, tatuajes, tazos, calcomanias, entre otros que atenten contra la dignidad humana y vulneren la moral publica y dignidad de las personas
16.
Usar la red de internt en forma deliberada con fines intimidatorios para aspectos diferentes a los establecidos por la institución: consultar paginas pornográficas, satánicas,correos que afectan a la integridad y el buen nombre de la persona y el colegio
17.
Agresión o exclusión ofensiva, aislamiento, difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen de la persona a otras
El criterio de infraudinacion es según sus fuentes
Las infraordinadas son la ley 1273 del 2009, la ley 1341 del 2009, manual de convivencia Art,20 No. 19, código de conducta digital y delitos informáticos.
Donde la Ley 1273 del 2009: sus isoordinas son una protección de la información como es el acceso abusivo a un sistema informático, daño informático. suplantación y el intercambio de datos.
La ley 1341 del 2009: sus isoordinadas es que es una sociedad del conocimiento como la prioridad al acceso y uso eficiente, protección, promoción,neutralidad, derechos, conocimiento y intervención
El manual de convivencia Art.20 No. 19: sus isoordinas son el uso de la red como el uso deliberado,fines intimidatorios, afectación de la integración y el buen nombre y el maltrato
El código de conducta digital: sus isoordinadas son los comportamientos como el respeto, libertad, identidad, integridad, identidad,autonomía,calidad de vida, respeto por la ley y derechos de autor.
Los delitos informáticos: sus isoordinadas son infracciones como hacking, propietario intelect,croming,sexting,ciberburling y cirberterrorismo.
SEGÚN EL MANUAL DE CONVIVENCIA: COLEGIO LA PRESENTACIÓN
CAPITULO IV:
DEBERES Y NORMAS DE COMPORTAMIENTO
DEBERES DEL Y LA ESTUDIANTE
En orden virtual: "tu responsabilidad es igual es lo virtual que en lo real"
54. hacer un buen uso de la tics y únicamente para fines educativos respetando a los otros y haciéndose respetar
CAPITULO VII:
CONVIVENCIA ESCOLAR
ARTICULO 18
DEFINICIONES
3. agresión electrónica:
Es toda acción que se busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos, incluye la divulgación de fotos o vídeos considerados como privacidad personal o que contengan acciones humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los
envía
4. agresión verbal:
CAPITULO VIII;
TIPIFICACION Y CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS
ARTICULO 28
11.
Uso de vocabulario y comentarios que maltraten la dignidad y salud mental o psicológica de cualquier
miembro de la comunidad
16.
ARTICULO 27
FALTAS GRAVISIMAS
1.
Manifestar cualquier conducta negativa, intencional metódica y sistemática de intimidación, agresión,amenaza,ridiculacion,difamación,chantaje,soborno,coacción,islamismo deliberado o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, físico o verbal a un compañero profesor, directamente o cualquier miembro de la comunidad educativa dentro o fuera de la institución (ley 1620 del 2013)
6.
Ser coautor, cómplice o encubridor de las faltas graves cometidas por algún estudiante
11.
Difundir imágenes, información o escribir panfletos difamatorios contra miembros de la institución utilizando cualquier medio de la comunicación, entre ellos los electrónicos que constituyen en ocasiones delitos informáticos
12.
Traer al colegio. mirar o hace circular material impreso, magnetismos, audiovisual u objetos obscenos, asi como fichas, stickes, tatuajes, tazos, calcomanias, entre otros que atenten contra la dignidad humana y vulneren la moral publica y dignidad de las personas
16.
Usar la red de internt en forma deliberada con fines intimidatorios para aspectos diferentes a los establecidos por la institución: consultar paginas pornográficas, satánicas,correos que afectan a la integridad y el buen nombre de la persona y el colegio
17.
Agresión o exclusión ofensiva, aislamiento, difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen de la persona a otras
PÁRRAFO 1.
Toda falta que se constituya en una infracción penal sera sancionada con la cancelación o la el servicio educativo del contrato de presentacion, del servicio educativo, previo adelantamiento del proceso respectivo con el lleno de las garantías de la ley
PÁRRAFO 2.
Todo comportamiento o acciones que estén enmarcadas en el acoso escolar que afectan el normal ambiente escolar
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